AVISO DE PRIVACIDAD Y MANEJO DE DATOS PERSONALES
La transparencia es un valor que a su vez incluye más y entre ellos uno de los más importantes es el respeto: es por este motivo que cuando proporcionas tus datos personales como son nombre, teléfono, curp y correo eléctronico entre otros, esperas que se respeten y se resguarden correctamente.
Los datos personales que proporcionarás a Dependencias Públicas e instituciones privadas es información muy delicada, por lo tanto se considera confidencial ya que cada persona en lo individual es la dueña de sus datos y es la única que puede decidir el uso que se les dará. ¿Qué es el aviso de privacidad? Es el documento físico, electrónico o de cualquier otro formato, en el que se especifica claramente el tipo de información personal que se requiere; así como el uso que se le dará a esos datos personales, señalando el procedimiento para poder acceder a estos ya sea para rectificar, modificar y/u oponerse.
El trato de los datos deberá limitarse a ser acorde con el fin para el que se recaban y contar con el consentimiento del titular de los datos, si se pretenden usar los datos para un fin distinto, se necesitará de nuevo el consentimiento del titular.
En cumplimiento con lo establecido por Artículos 2 Fracción II, Artículo 3 numeral 2 Fracción II inciso a), Artículo 24 numeral 1 fracción XIX, Artículo 29 numeral 1 fracción VI, Artículo 46 numeral 1 fracción III, Artículos del 53 al 61, de la Ley de Información Pública del Estado de Nuevo León y sus Municipios, la Secretaría del Estado de Nuevo León informa respecto al procedimiento de protección de datos, destacando lo siguiente:
- Artículo 53 numeral 1, La persona que sea titular de información en posesión de un sujeto obligado, considerada como confidencial, puede solicitar ante el sujeto obligado, considerada como confidencial, puede solicitar ante el sujeto obligado en cualquier tiempo su clasificación, rectificación, modificación, corrección, sustitución o ampliación de datos.
- Artículo 54. Procedimiento de Protección, I. Presentación y admisión de solicitud del particular; y II. Integración del expediente y resolución de la solicitud.
- Art. 55 requisitos 1. La solicitud de protección de información confidencial debe hacerse en términos respetuosos y contener cuando menos: I. Nombre del sujeto obligado a quien se dirige; II. Nombre del solicitante; III. Domicilio número de fax o correo electrónico para recibir notificaciones; y IV.Planteamiento concreto sobre la clasificación, rectificación, modificación, corrección, sustitución o ampliación de datos que solicita. 2. A la solicitud debe acompañarse copia simple de los documentos en los que apoye su solicitud.
- 56 Forma de Presentación I. por escrito y con acuse de recibido; II. Por comparecencia personal ante el comité, III. En forma electrónica, cuando el sujeto obligado cuente con esta modalidad de recepción.